Los conflictos sociales y el Derecho, desde la Sociología

Doctor Germán Silva García. Fotografía: Jazmín Rodríguez| Gaceta Políticas
Para poder analizar el Derecho es necesario utilizar a la Sociología, es decir, se requiere de elementos de las escuelas de pensamiento de dicha ciencia social. Por esa razón, el doctor Germán Silva García expuso una analogía en la que las teorías sociológicas son una caja de herramientas donde el investigador toma lo necesario para poder estudiar el fenómeno frente a él.
Durante la plática: “Las teorías del conflicto fenomenológico en el análisis del Derecho”, el doctor de la Universidad de Barcelona explicó que se retoma la teoría fenomenológica cuando se decide estudiar una acción social, desde la microsociología, y en contraposición, la teoría del conflicto para una cuestión macrosociológica, de las estructuras sociales.
Los conflictos sociales, de acuerdo con Silva, son inherentes a la vida en sociedad; por ende, no es posibles erradicarlos debido a que los individuos tendrían que tener gustos y puntos de vista afines, que todos fueran homogéneos. Por esta razón, el expositor declaró que existen dos posibilidades para tratar un conflicto: la negociación y la cooperación, o la neutralización. La negociación consiste en que un grupo social inicia un conflicto con el fin de presionar al poder para que volteen a ver sus intereses y ponerse de acuerdo en resolver el problema. La neutralización sucede cuando el conjunto de personas subordina o elimina completamente al adversario.
De igual forma, al analizar el Derecho, el invitado a la Facultad explicó que éste es usado como un medio para implementar un comportamiento de acuerdocon lo que le convenga a quien está en el poder. Debido a esto, el Derecho puede ser manipulable e imponer intereses en los conflictos sociales.
Por último, el doctor Germán Silva concluyó que el Derecho debería ser la solución de un conflicto, pues lo resuelva de manera justa y pacífica.